Parece difícil imaginar que un momento tan personal y emotivo, requiere del asesoramiento profesional de los abogados especialistas herencias testamentos sucesiones; La pérdida de un ser querido es un escenario difícil de afrontar en muchos casos, pero es el momento en el cual se debe empezar el procedimiento de conocer la herencia y finiquitar el patrimonio del causante.
El derecho sucesorio es aquel que regula y limita las condiciones bajo las cuales se puede recibir una herencia, el trabajo del abogado consiste en clarificar el escenario de los posibles herederos, para que puedan tomar las decisiones correctas en cuanto a su posición. La definición de los herederos forzosos, contabilidad exacta del patrimonio y procedimientos jurídicos adicionales, son las capacidades del abogado, bien sea en procedimientos de herencia abintestato o testamentaria.
Sucesión testamentaria
Antes de detallar los procedimientos de la herencia testamentaria, es importante conocer el valor del testamento, siendo el documento que dejó el causante en vida donde expresa sus últimas voluntades referentes a la repartición de su patrimonio.
El testamento puede tener diferentes formatos, el más reconocido es el testamento abierto, mediante el cual un abogado asesora a su cliente en la redacción del documento para no salirse de los límites establecidos en la ley. Este documento es presentado y firmado por el causante ante notaría pública, lo que le da efecto oficial para el momento del fallecimiento.
La herencia con testamento es más sencilla, quedando todo establecido en el documento, teniendo únicamente que hacer los ajustes correspondientes a cambios en el patrimonio y proceder a la apertura de la herencia.
Herencia abintestato
Este caso se presenta cuando el causante no dejó en vida un testamento, teniendo los herederos que apegarse a lo que establece la ley en cuanto al orden de sucesión, definiendo los herederos legítimos y la repartición por las cuotas correspondientes según el tipo de heredero.
Cabe destacar que el heredero tiene la capacidad de decidir la aceptación o no de la herencia, teniendo en consideración que no sólo son los bienes sino las deudas lo que conforman el patrimonio hereditario.